El exgobernador de Arauca, Julio Enrique Acosta condenado a seis años y seis meses por irregularidades en contratación pidió pista en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) como agente del Estado no miembro de la fuerza pública debido a que consideró que los procesos seguidos en su contra guardaban relación con el conflicto armado. La solicitud la hizo ante la Corte Suprema de Justicia y esta negó sus pretensiones. El exfuncionario ya había solicitado al tribunal de paz ser tenido en cuenta para un posible sometimiento, pero allí también recibió una respuesta negativa.

Acosta se encuentra ante los estrados judiciales por cuenta de un contrato celebrado, en abril de 2006, por un valor que superó los 3.890 millones de pesos. El convenio adelantado con el consorcio Eco-Park2006 tenía como objeto construir la primera etapa del parque histórico y ecoturístico “Los Libertadores” en el municipio de Tame. En la ejecución de obra hubo incumplimiento de las obligaciones del contratista y mal manejo del anticipo, por lo que se le reprochó al exfuncionario que no hizo nada para asegurar la entrega de las obras ni dar por terminado el contrato. Contrario a ello lo que hizo fue suspender el mismo, suscribir prórrogas y fomentar adiciones de recursos.

Por estos hechos, Acosta fue condenado en única instancia a purgar cárcel, fue inhabilitado por seis años y debía cancelar multa de hasta 884 millones de pesos. Como la decisión en su contra se había emitido mientras los aforados no tenían la posibilidad de que su condena fuera revisada en segunda instancia, el abogado del exmandatario solicitó una impugnación especial en la que no dudaron en pedir que su expediente pasara a manos de la justicia transicional. Lo anterior porque consideraron que sobre su nombre reposaba el delito de concierto para delinquir debido a que el dinero obtenido del proyecto ecológico sirvió para financiar grupos al margen de la ley.

La intención de hacer parte del tribunal de paz no solamente fue elevada ante la Corte Suprema de Justicia. Durante diciembre de 2017 y octubre de 2018, Acosta junto con su abogado manifestaron la voluntad de someterse a la JEP por lo que en febrero de 2019 presentaron el compromiso a la verdad plena debido a que consideraron que la justicia transicional debía conocer la forma en la que los dineros, producto de irregularidades en la contratación del proyecto ecoturístico, terminaron en las arcas del Bloque Vencedores de Arauca. En esa ocasión, la iniciativa no prosperó.

El tribunal de paz consideró que el compromiso de sometimiento al que Acosta se refirió en sus documentos era “insipiente” en términos de verdad. “En relación con los hechos por los que el señor Julio Enrique Acosta Bernal pretende someterse, solamente se cuenta con la mera enunciación de un radicado, en algunos el delito y la autoridad respectiva, realizada a través de un listado que resulta deficiente y bastante abstracto, lejos de erigirse en un programa de aportes serio y fundamentado que supere un análisis de aptitud preliminar en cuanto al esclarecimiento de verdad”, le dijo la justicia transicional en su momento.

La JEP en su primer rechazo le recomendó a Acosta que presentara un compromiso concreto, programado y claro para que pudiera avanzar con su proceso. Eso sería el génesis de su pedido, pues interiormente, la entidad también debe superar unos trámites que ameritan un pronunciamiento de fondo sobre el estudio de las más de 20 actuaciones judiciales que reposan en su contra y que serían objeto de investigación para una posterior judicialización.

Todo lo anterior fue tenido en cuenta por la Corte Suprema de Justicia para el análisis de la decisión. Recordó que a Acosta se le señaló como responsable de delitos que confirman irregularidades en contratos en los que fomentó adiciones para construir la “Plaza de Armas” sin tramitar y celebrar un contrato adicional. Igualmente fue condenado por el abuso de las atribuciones oficiales que le permitió al contratista al apropiarse de parte de los dineros del anticipo.

“Luego, de la información que aporta el asunto no se desprende que el conflicto interno armado haya sido la causa directa o indirecta de la comisión de las conductas punibles, que hubiera determinado al acusado en su realización o que haya sido un factor sustancial en la decisión de cometerlas”, dijo el alto tribunal en su providencia y añadió que se descartan la existencia de delitos investigados con ocasión al conflicto.

Si bien, Acosta dijo que entregaría información sobre la forma en la que algunos dineros, producto de las contrataciones ilegales fueron destinados a grupos al margen de la ley, para la Corte Suprema esa información no es suficiente para que el proceso se remita al tribunal de paz. Del mismo modo consideró que, aunque al exgobernador se le reconoció el fuero Constitucional para ser investigado y juzgado por el homicidio de Juan Alejandro Plazas Lomónaco y se advirtió la existencia de múltiples referencias que dan cuenta de los nexos del exfuncionario con miembros del Bloque Vencedores del Arauca de las Autodefensas, en el análisis de las pruebas nada se dijo frente a la contratación que celebró con Eco-Parck 2006 proceso por el cual es que está pidiendo sometimiento y sobre el que pesa la condena.

El proyecto ecológico no es lo único que lo tiene rindiendo cuentas. En su momento, la Fiscalía dijo que Acosta fue financiado por las AUC para acceder a la gobernación de Arauca y que su relación con dicha organización criminal, ya estando en el cargo de gobernador, se derivó en reuniones para “coordinar asuntos relacionados con la financiación y entrega de insumos, el suministro de información a las autodefensas sobre presuntos integrantes de la guerrilla y también de personas señaladas de ser cuatreros, con el fin de declararlos objetivo militar, y, de igual modo, para la coordinación de acciones destinadas a impedir que la fuerza pública actuara en contra de estas”.

Con lo anterior, aunque sobre Acosta pesan investigaciones por nexos con paramilitarismo e inclusive un homicidio, la Corte, en el caso del proyecto ecológico consideró que el expediente no debe ser remitido al tribunal de paz porque no tiene relación directa e indirecta con el conflicto armado.

 Tomado: El Espectador.com 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *